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nuevo reglamento general proteccion de datos

El 25 de mayo entra en vigor el Nuevo Reglamento General de Protección de Datos. A partir de este momento, se cambiarán algunos aspectos y se añadirán nuevas obligaciones para las empresas. De no cumplirse, tendrán como consecuencia elevadas multas. Entre las novedades, destaca que las compañías deberán analizar qué datos tratan.

También con qué finalidades lo hacen y qué tipo de operaciones de tratamiento llevan a cabo. Se deberán ajustar al cumplimiento del RGPD. Las medidas que garanticen su cumplimiento deben tener en cuenta la naturaleza, el ámbito, el contexto y los fines del tratamiento. También el riesgo para los derechos y libertades de las personas.

Nuevo Reglamento General de Protección de Datos

La información deberá proporcionarse de forma concisa,y con un lenguaje sencillo y transparente. Asimismo, la nueva normativa reconoce el derecho a obtener una copia de los datos personales objeto del tratamiento. También a que el cliente pueda solicitar que sus datos sean eliminados cuando ya no sean necesarios.

Por su parte, el derecho a la portabilidad implica que los datos personales del interesado se transmiten directamente de un responsable a otro, sin necesidad de que sean transmitidos previamente al propio interesado, siempre que ello sea técnicamente posible. Responsables y encargados deberán mantener un registro de operaciones de tratamiento en el que se contenga la información que establece el RGPD.

Incorporación de la figura del Delegado de protección de Datos.  Esta figura es obligatoria en autoridades y organismos públicos, responsables o encargados que tengan entre sus actividades principales las operaciones de tratamiento que requieran una observación habitual y sistemática de interesados a gran escala, responsables o encargados que tengan entre sus actividades principales el tratamiento a gran escala de datos sensibles.

Certificaciones

Certificacion ISO 15713
Certificacion ISO 27001-14001-9001

Elimina, S.L

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